Cónyuge o pareja registrada o estable debidamente acreditada
Hijos dependientes y mayores que sigan dependiendo económicamente y no hayan formado unidad familiar propia
Ascendientes dependientes del titular o cónyuge
01
Familiares elegibles
No basta con tener el documento: debe demostrar el requisito legal. Organizamos la prueba para que fechas, partes, importes y condiciones laborales sean coherentes.
- Cónyuge o pareja registrada o estable debidamente acreditada
- Hijos dependientes y mayores que sigan dependiendo económicamente y no hayan formado unidad familiar propia
- Ascendientes dependientes del titular o cónyuge
02
Incrementos de ingresos 2026
No basta con tener el documento: debe demostrar el requisito legal. Organizamos la prueba para que fechas, partes, importes y condiciones laborales sean coherentes.
- Primer familiar: añadir 1.068,38 € brutos al mes
- Cada familiar posterior: añadir 356,13 € brutos al mes
- Las autorizaciones familiares de esta vía permiten trabajar en España
03
Pruebas familiares
No basta con tener el documento: debe demostrar el requisito legal. Organizamos la prueba para que fechas, partes, importes y condiciones laborales sean coherentes.
- Certificados civiles vigentes, autenticados cuando proceda y traducidos
- Para hijos mayores, acreditar dependencia y situación familiar
- Para ascendientes, documentar dependencia y parentesco
Las cifras usan el SMI 2026 (17.094 €/año) y la fórmula vigente de la UGE: 200 % para el titular, +75 % para el primer familiar y +25 % por cada familiar adicional.
FAQ
Preguntas antes de solicitar
¿Cuál es el ingreso mínimo en 2026?
2.849 € brutos al mes para el titular, más 1.068,38 € para el primer familiar y 356,13 € por cada familiar adicional.
¿Puedo solicitar desde España?
Si se encuentra legalmente en España, puede solicitar directamente la autorización de residencia ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE).
¿Cuánto dura la autorización?
El visado consular puede durar hasta un año. La autorización de residencia puede concederse por hasta tres años y renovarse por períodos de dos años si se mantienen las condiciones.